🚨 LA CORTE PROHÍBE EL REGISTRO DE CELULARES CON DATOS PERSONALES 🚨 La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el registro obligatorio de teléfonos móviles con datos personales y biométricos (PANAUT), al considerar que viola el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales. ⚖️ La SCJN determinó que el Estado no puede obligar a los ciudadanos a entregar información sensible para conservar su línea telefónica, ya que no existe sustento constitucional ni garantía de que esta medida reduzca la delincuencia. 📌 ¿Qué implica esta resolución? Nadie puede exigirte datos biométricos para mantener tu línea. Se eliminan las disposiciones que condicionaban el servicio telefónico. Se reafirma que la seguridad no puede lograrse vigilando a toda la población. 🛑 La Corte fue clara: combatir el crimen no significa tratar a todos como criminales. La solución está en fortalecer instituciones y depurar al gobierno, no en violar derechos humanos.

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LA CORTE PROHÍBE REGISTRO DE CELULARES CON DATOS PERSONALES

Para todos aquellos que decían que era buena la idea…

Para tener vigilados a los criminales se necesita no tratar como a criminales a toda la nación, obligándola a dar sus datos personales violando sus derechos humanos en la Nación Mexicana.
Lo que se requiere es una limpieza profunda del gobierno, no del país, para lograr tener un Gobierno Justo, Leal y Digno que corrija con disciplina al país.

Ciudad de México. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya resolvió sobre el registro obligatorio de teléfonos móviles con datos personales y biométricos (PANAUT) y determinó que es inconstitucional, al violar el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales de los ciudadanos.

La resolución del máximo tribunal impide que el Estado obligue a los usuarios a entregar datos biométricos o información personal como condición para conservar una línea telefónica. El fallo establece que no existe base constitucional para exigir este tipo de registros masivos y que la medida no supera el test de proporcionalidad, al afectar derechos fundamentales sin garantizar una reducción efectiva del delito.

⚖️ CRITERIO JUDICIAL FIRME

En su análisis, la Corte concluyó que el padrón carecía de salvaguardas suficientes, exponía información sensible y trasladaba el riesgo a la población, al concentrar datos de alto valor para la delincuencia. El tribunal sostuvo que la seguridad pública no puede construirse a costa de vigilar indiscriminadamente a la ciudadanía.

📜 EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN

Con esta decisión:

No pueden obligarte a entregar datos biométricos o personales para mantener tu línea.

Quedan sin efecto las disposiciones que condicionaban el servicio telefónico al registro.

Se reafirma que la protección de datos personales es un derecho constitucional.

🛑 SEGURIDAD SIN VIGILANCIA MASIVA

La SCJN dejó claro que el combate al delito no se logra monitoreando a toda la población, sino fortaleciendo instituciones, mejorando capacidades de investigación y perseguiendo a los responsables, sin criminalizar a usuarios.

⚠️ La resolución es obligatoria y marca criterio para cualquier intento de reinstalar padrones similares. Cualquier nueva iniciativa que pretenda condicionar servicios a la entrega de datos personales deberá respetar el estándar constitucional fijado por la Corte.
No es opinión. Es sentencia de la Suprema Corte.

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